Resumen del Artículo Disposición transitoria octava

Artículo Disposición transitoria octava del Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra. (codigo) — Disposición transitoria octava. Planeamiento urbanístico municipal sin Catálogo de edificios protegidos. Requerirán informe por parte del Departamento competente en materia de cultura, en aquellos planteamientos urbanísticos municipales que no contengan Catálogo de edificios…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo Disposición transitoria octavaDisposición transitoria octava

Disposición transitoria octava. Planeamiento urbanístico municipal sin Catálogo de edificios protegidos.

Requerirán informe por parte del Departamento competente en materia de cultura, en aquellos planteamientos urbanísticos municipales que no contengan Catálogo de edificios protegidos, las actuaciones en los edificios incluidos en el Inventario de bienes inmuebles del Patrimonio Cultural de Navarra, a cuyo efecto dicho Departamento remitirá la relación de bienes incluidos en el Inventario a cada una de estas localidades.

Norma publicada: 22 de noviembre de 2005

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo Disposición transitoria octava

¿Qué dice el Artículo Disposición transitoria octava del codigo?

Disposición transitoria octava. Planeamiento urbanístico municipal sin Catálogo de edificios protegidos. Requerirán informe por parte del Departamento competente en materia de cultura, en aquellos…

¿El Artículo Disposición transitoria octava del codigo está vigente?

El artículo Disposición transitoria octava del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo Disposición transitoria octava dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 3.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo Disposición transitoria octava?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.